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viernes, julio 26, 2024

JCE muestra preocupación respecto a lo aprobado por el Senado a la Ley No. 15-19

De lectura obligatoria

Brenda Guerrero
Brenda Guerrero
Periodista

El Pleno de la Junta Central Electoral(JCE), encabezado por su presidente Román Jáquez Liranzo, mostró este martes su preocupación ante lo aprobado por el Senado de la República Dominicana este 20 de diciembre, referente a la Ley No. 15-19, Orgánica de Régimen Electoral, porque obviaron algunos aspectos medulares del sistema electoral que no fueron objeto de reforma.

Jáquez Liranzo, manifestó que en los trabajos realizado por el Senado fue acogida una importante cantidad de aspectos, de la mencionada ley, pese a esto, la Cámara Legislativa en lugar de reducirse los topes de gastos de campaña, se mantuvieron igual a como están instituidos en la Ley vigente.

 Explicó, que tampoco se establece la obligación de presentar informes de gastos a cargo de las candidaturas ni sanciones a la violación de los topes y el incumplimiento a la presentación de informes, lo que de haberse aprobado contribuiría con disminuir la incidencia de los intereses privados en la representación popular; crear condiciones de equidad en la contienda y facilitar la fiscalización de los recursos utilizados en campaña.

De igual manera, no se acoge la propuesta de eliminación del voto preferencial a nivel de vocalías y regidurías, lo que genera consecuencias negativas, tales como: aumentar los conflictos intrapartidarios y el costo de las campañas; forja complicaciones en el proceso operativo de escrutinio y, sobre todo, configura un sistema político donde se prioriza a las personas y los recursos por encima de las propuestas programáticas o ideológicas.

 Igualmente, se elimina la facultad de dictar medidas cautelares del órgano, lo que disminuye sus garras para que cautelarmente se puedan dictar medidas temporales en aras de salvaguardar la equidad e integridad del proceso electoral; además, no se aprueba la propuesta de paridad de género ni los criterios de paridad vertical y horizontal para la presentación de listas de candidaturas.

Jáquez Liranzo, sostuvo que la modificación del actual artículo 25 de la Ley 15-19 (artículo 27 del Proyecto de Ley) constituye una merma a la autoridad y autonomía del Pleno de la JCE, toda vez que se le impone el pronunciamiento a solicitud de las organizaciones políticas sobre cuestiones que quedan abiertas, además de la celebración de audiencias periódicas, incluso mensuales durante el año electoral, convirtiendo al órgano administrativo en un órgano contencioso electoral, lo cual es contraproducente con su naturaleza constitucional de organizar el proceso.

Indicó, que dejaría a Direcciones fundamentales como Elecciones, Informática y el Voto Dominicano en el Exterior bajo las directrices y conducción discrecional de las organizaciones políticas, socavando la autonomía constitucional de la JCE, razón por la cual este Pleno tiene a bien llamar la atención a fin de que se puedan reconsiderar estos aspectos de la reforma, reiterando su política de apertura hacia las organizaciones partidarias, tal y como lo han demostrado los hechos en estos 2 años de gestión.

El presidente de la JCE consideró importante que en el proceso de evaluación, análisis y posterior aprobación de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, se valore la aprobación del financiamiento político público con la fórmula y los criterios sugeridos por la JCE, los plazos de precampaña, el orden de la boleta electoral y los topes de gastos de precampaña.

Finalmente, expresó que la JCE, en el marco de la indicada reforma, ha desempeñado el papel que le corresponde y a la altura de las actuales circunstancias, razón por la cual aspira a que se concreten todos los esfuerzos para que las elecciones de 2024 sean celebradas como lo establece la Constitución de la República y como lo demanda la sociedad dominicana.

  • Se recuerda, que en abril del presente año el Pleno depositó formalmente las iniciativas de modificación, actualización y fortalecimiento de las leyes No. 15-19, Orgánica de Régimen Electoral y 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, las cuales cursan ante las cámaras legislativas del Congreso Nacional.
  • La Ley No. 15-19 sancionada actualmente por el Senado se encuentra pendiente de conocimiento y decisión por parte de la Cámara de Diputados, para, posteriormente, agotar los demás trámites constitucionales previstos para la formación de las leyes.
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