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viernes, noviembre 22, 2024

Gobierno permite actividades religiosas tres veces por semana luego que pidiera el cese de estas

De lectura obligatoria

Brenda Guerrero
Brenda Guerrero
Periodista

Se deroga el artículo 10 del Decreto núm. 740-20 del 30 de diciembre de
2020, que dispone el cese de actividades de las diferentes iglesias o denominaciones religiosas de todo tipo.

Según el decreto, se permite la apertura y celebración de actividades de las diferentes iglesias y otras denominaciones religiosas, las cuales podrán realizarse tres veces a la semana, guardando los horarios establecidos para el toque de queda y acatando los protocolosgenerales y sectoriales vigentes contra la COVlD-19.

DECRETO:

ARTÍCULO 1. Se deroga el artículo 10 del Decreto núm. 740-20 del 30 de diciembre de 2020, que dispone el cese de actividades de las diferentes iglesias o denominaciones religiosas de todo tipo.

ARTÍCULO 2. Se permite la apertura y celebración de actividades de las diferentes iglesias
y otras denominaciones religiosas, las cuales podrán realizarse tres veces a la semana, guardando los horarios establecidos para el toque de queda y acatando los protocolos generales y sectoriales vigentes contra la COVlD-19.

ARTÍCULO 3. Envíese a las instituciones correspondientes para su conocimiento y ejecución”.

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