SANTO DOMINGO.- La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) informó este lunes a los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta con obligación mensual de anticipos del ISR quedan exonerados del pago de este compromiso para el período fiscal julio 2020, cuya fecha de vencimiento es el 17 de agosto de 2020.
A través de un comunicado, la DGII indicó que esta disposición para los contribuyentes, personas jurídicas o negocios de único dueño, se mantiene según lo establecido en los Avisos 37-20, 58-20, 61-20 y 70-20.
“Al igual que para los pagos de los cuatro meses anteriores, los grandes contribuyentes nacionales que se mantienen operando quedan sujetos al pago del Anticipo de ISR”, indica el comunicado.
Agrega que si alguno de estos grandes contribuyentes presenta circunstancias particulares que le impidan realizar el pago del Anticipo de ISR, podrán solicitar la exención total o parcial de esta obligación, adjuntando los documentos que sustenten la disminución de ingresos por causa de fuerza mayor o de carácter extraordinario, al correo electrónico creditosycompensacionesggc@dgii.gov.do.
La presente disposición se fundamenta en el decreto No. 265-20 promulgado por el Poder Ejecutivo en fecha 20 de julio de 2020, que declara el territorio nacional en estado de emergencia por un periodo de 45 días debido a la evolución epidemiológica de la pandemia ocasionada por el coronavirus COVID-19, en virtud de lo dispuesto en el Párrafo IV del Artículo 314 del Código Tributario, que permite a la Administración Tributaria aplicar la exención del Anticipo cuando existan causas de fuerza mayor o de carácter extraordinario como las actuales.