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jueves, noviembre 7, 2024

Pleno JCE aprueba Resolución sobre uso de boletas separadas por niveles en Elecciones de julio y varias resoluciones relacionadas al proceso electoral

De lectura obligatoria

Brenda Guerrero
Brenda Guerrero
Periodista

Fueron aprobadas por el Pleno de la Junta Central Electoral las Resoluciones No. 55-2000, No. 56-2020, No. 58-2020 y No. 59-2020, relacionadas al proceso de Elecciones Extraordinarias Generales Presidenciales, Senatoriales y de Diputaciones que tendrán lugar el próximo 5 de julio de 2020.

Santo Domingo.- El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE), encabezado por su Presidente, Magistrado Julio César Castaños Guzmán, aprobó este viernes la Resolución No. 58-2020 sobre votación y resultados separados entre niveles de elección en las Elecciones Extraordinarias Generales del 5 de julio de 2020. 

En tal sentido, la Resolución dispuso la elección mediante el uso de boletas separadas por niveles, a través de las cuales se elegirán los representantes del Poder Ejecutivo y los representantes al Congreso Nacional para el periodo Constitucional 2020-2024, a la vez que ratificó los formatos y dimensiones de las boletas a utilizar, siendo estas identificadas con la letra “P”, en el caso del nivel presidencial; la letra “S”, en el caso del nivel senatorial; la letra “D”, para el nivel de diputaciones; y las letras “DE”, en el caso de los diputados y diputadas al Congreso Nacional representantes de la comunidad dominicana en el exterior.

Igualmente, estableció que los resultados de la votación serán individuales y diferentes entre niveles, es decir, los votos obtenidos por un partido o alianza de partidos en un nivel no le serán sumados al mismo partido o alianza de partidos en los niveles restantes, razón por la cual los candidatos/as electos/as resultarán como tales a partir de los votos obtenidos por el partido o alianza de partidos en el nivel correspondiente.  

Igualmente, el Pleno de la JCE aprobó la Resolución 55-2000 que ratifica las resoluciones No. 03-2020, 04/2020, 07/2020, No. 08/2020 y No. 10/2020, en virtud de que su contenido estuvo destinado a la vigencia en los procesos electorales del nivel municipal a llevarse a cabo en marzo y los pautados para el mes de julio del 2020; así como la Resolución No. 59-2020 sobre la asistencia a los electores con discapacidad y adultos mayores en las elecciones del cinco (5) de julio del año 2020y la Resolución No. 56-2020 sobre delegados políticos ante los colegios electorales que serán abiertos en las Elecciones Extraordinarias Generales del mes de julio del año 2020.

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