El consejo del Poder Judicial dispuso en sesión extraordinaria este miércoles 18 de marzo que los jueces y juezas de todo el país suspendan las audiencias entre el 19 de marzo y el 13 de abril, junto a otras medidas para contribuir a prevenir el contagio masivo del Covid-19 (coronavirus).
En cuanto a los procesos penales iniciados, tanto en la jurisdicción ordinaria como lo relativo a niños, niñas y adolescentes, las juezas y jueces deberán tomar las acciones pertinentes para garantizar los principios de inmediación y de interés superior, tal como se establece en los artículos 307 y 317 del Código Procesal Penal y en la Ley 136-03, Código para la protección de los derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes de la República Dominicana.
De acuerdo a un comunicado, se mantendrán en funcionamiento las oficinas de servicios de atención permanente de la jurisdicción penal, de acuerdo a lo establecido en la resolución núm. 1733-2005, reglamento para el funcionamiento de la oficina judicial de servicios de atención permanente de la jurisdicción penal, así como en los casos de urgencia tendentes a la protección de derechos fundamentales.
Destacó que las audiencias celebradas en este período deberán realizarse en las salas de mayor amplitud de la sede judicial correspondiente, con la finalidad de mantener la mayor distancia posible entre los asistentes y minimizar el riesgo de contagio.
Informó que se mantendrá en los tribunales y los órganos administrativos la recepción de documentos con el personal mínimo requerido para la prestación del servicio, en virtud de las disposiciones legales vigentes.
En cuanto a la Jurisdicción Inmobiliaria, dijo que se mantiene en los órganos administrativos la recepción de trámites y entregas de productos con el personal mínimo requerido. Mientras, en la Escuela Nacional de la Judicatura mantendrá toda su agenda de capacitación por la vía virtual.
El consejo también aprobó un conjunto de medidas administrativas y de personal para garantizar la protección de los servidores judiciales, entre ellas, la disposición de que permanezcan en sus hogares las personas mayores de 60 años o con alguna condición especial de salud, como diabetes, hipertensión, diabetes, enfermedades cardiovasculares y respiratorias e inmonudepresivas, así como las embarazadas y lactantes, mientras se mantenga el estado de alerta.